AYUNTAMIENTO DE ARANZUEQUE
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Aprobada inicialmente, por Acuerdo del Pleno de fecha 16/08/2023, la modificación del Reglamento para la prestación del servicio municipal de aguas en el término municipal de Aranzueque, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas
Durante dicho plazo podrá ser examinada tal modificación por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://aranzueque.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la citada modificación del reglamento.
En Aranzueque, a 17 de agosto de 2023. Fdo, Alcalde-Presidente. Andrés Mariano Martínez Clavel.