AYUNTAMIENTO DE EL ORDIAL
2763
Aprobado definitivamente el Presupuesto de El Ordial para el ejercicio 2023 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Municipio, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS | |
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 170.454,57 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | 68.806,01 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal | 26.000 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios | 26.606,01 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros | 7.200 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes | 9.000 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | 101.648,56 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales | 101.648,50 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital | 0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros | 0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros | 0 € |
TOTAL: | 170.454,57 € |
ESTADO DE INGRESOS | |
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS | 170.454,57 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES | 80.389,17 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos | 24.700 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos | 0 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos | 19.833,16 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes | 13.000 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales | 22.856,01 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL | 90.065,40 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales | 0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital | 90.065,40 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS | 0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros | 0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros | 0,00 € |
TOTAL | 170.454,57 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
A. PERSONAL FUNCIONARIO
Denominación del Puesto: Secretaría-Intervención
Número de puestos: 1
Grupo de Adscripción del Puesto de Trabajo: A1.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado
En El Ordial a 1 de agosto de 2023. Fdo. El Alcalde, Don Bernardino Domingo Escribano