DIPUTACION PROVINCIAL DE GUADALAJARA
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La Presidencia de la Corporación por Resolución nº 2023-3446 de fecha 21 de julio de 2023 ha resuelto:
“En virtud de las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 72 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales vengo a disponer lo siguiente:
- Integrarán la Junta de Gobierno, bajo esta Presidencia, los Diputados Provinciales:
- Dª Susana Alcalde Adeva
- D. Pedro David Pardo de la Riva
- Dª María del Pilar Muñoz Romero
- D. Héctor Gregorio Esteban
- Dª Aránzazu Pérez Gil
Los nombramientos efectuados serán efectivos desde el mismo día de la firma de la presente resolución.
Podrán asistir a las sesiones de la Junta de Gobierno, con voz pero sin voto y sin ostentar la condición de miembro del órgano, un Diputado/a por cada uno de los grupos políticos, esto es, Grupo Socialista, Grupo Popular y Grupo Vox. Su asistencia tendrá carácter voluntario y en ningún caso generará el derecho a percibir la indemnización por asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno que hubiese acordado el Pleno de la Corporación.
- Corresponderá a la Junta de Gobierno Local, así integrada, y bajo la presidencia de este Presidente, la asistencia permanente al mismo en el ejercicio de sus atribuciones, así como las delegadas por el Presidente o el Pleno y aquellas otras que expresamente le atribuyan las Leyes.
Se delegan las siguientes atribuciones:
1º.- Aprobación de la Oferta Pública de Empleo.
2º.- Aprobación de las Convocatorias y de las Bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.
3º.- Aprobación de los proyectos de obras y de servicios de competencia de la Presidencia desde un valor estimado de 80.000 € para su contratación o concesión, así como los modificados que conlleven incremento sobre el presupuesto inicial.
4º.- La adjudicación de concesiones sobre bienes de titularidad provincial y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
5º.- La aprobación de Convenios de Colaboración con el Estado, la Comunidad Autónoma y otras Entidades públicas o con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, que no correspondan por su importe al Pleno, cuando la aprobación de la Diputación Provincial sea superior a 12.000 euros.
6º.- La aprobación de la convocatoria de subvenciones y su resolución.
7º.- Reserva de plaza y matrícula en Residencia de Estudiantes.
8º.- Informes a emitir por la Diputación según la Ley 3/199, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla La Mancha y el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
- Fijar la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno el segundo y cuarto martes de cada mes, a las 10:00 horas, salvo en el mes de agosto. No obstante, por razones de tipo organizativo o necesidad de ultimar la tramitación de expedientes administrativos, podrá el Presidente, suspender la celebración de la sesión ordinaria o convocarla motivadamente para hora o día distinto del fijado.
- Notificar la presente resolución a las personas designadas.
- De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web de la Corporación y en el Portal de Transparencia”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Guadalajara, 25 de julio de 2023. EL PRESIDENTE, José Luis Vega Pérez