MANCOMUNIDAD RIBERAS DEL TAJO
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En cumplimiento de los artículos 169.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), al no haberse presentado alegaciones durante el periodo de información pública, queda automáticamente aprobado definitivamente el acuerdo del Pleno de 13 de junio de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos nº 2/2023 de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público resumido por capítulos:
Suplementos en Gastos:
Capítulo |
Descripción |
Suplementos de crédito |
1 |
Gastos de personal |
20.945,27€ |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
11.800,00 € |
3 |
Gastos financieros |
200,00 € |
6 |
Inversiones reales |
1.000,00 € |
TOTALES, |
33.945,27 € |
Suplementos en Ingresos:
Capítulo |
Descripción |
Importe |
8 |
Activos financieros |
33.945,27 € |
|
TOTALES, |
33.945,27€ |
De conformidad con lo establecido en los artículos 171.1 y 177.2 TRLHL en relación con los artículos 10.1.b), 25 a 42 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dicho acuerdo podrá impugnarse interponiendo recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede el Albacete, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.
En Trillo, 14 de julio de 2023.-El Presidente, Francisco Moreno Muñoz