AYUNTAMIENTO DE QUER
2017
Habiéndose aprobado por Resolución del Sr. Alcalde E.F. de Quer de fecha 06 de junio de 2023 por la que se aprueba definitivamente expediente de concesión de uso privativo de bien de dominio público que a continuación sigue:
“I. A la vista de que este ayuntamiento es propietario del siguiente bien de dominio público: Bar de la piscina municipal de Quer (Guadalajara).
II. Considerando la conveniencia de realizar una concesión administrativa de uso privativo de un bien de dominio público por los siguientes motivos: Dinamizar la economía y ocio del municipio dado que con motivo de las características del destino del servicio no es posible que lo desarrolle el ayuntamiento directamente.
III. El bien sujeto a concesión administrativa se destinará a: Servicio de bar de la piscina municipal de Quer (Guadalajara).
IV. Por la Alcaldía se aprobó, mediante Resolución nº134, de fecha 23 de marzo de 2023, el expediente de contratación para la concesión por concurso del mencionado bien calificado de dominio público, convocando su licitación y aprobando los pliegos, procediendo a publicarse anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en fecha 24 de marzo de 2023. Expirado el plazo para presentar solicitudes no se ha recibido ninguna en este Ayuntamiento.
V. Mediante Resolución de Alcaldía nº197, de fecha 17 de mayo de 2023, se declaró desierta la licitación del expediente de contratación para la concesión por concurso del mencionado bien calificado de dominio público, procediendo a iniciar el expediente para la adjudicación directa en las mismas condiciones iniciales de la licitación, conforme el artículo 137.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, al actual concesionario CATALINA ALMAGRO VILCHES con DNI/NIE *****229K.
VI. Mediante registro de entrada nº 2023-E-RC-718, de fecha 25 de mayo de 2023, CATALINA ALMAGRO VILCHES con DNI/NIE/NIF *****229K renunció a continuar con esta concesión y, por tanto, a la iniciada, por lo que se ha procedido a realizar una búsqueda de otro concesionario que pudiera estar interesado, resultando que esta Alcaldía ha propuesto a VANESSA MARTINEZ ORTIZ con DNI/NIE/NIF *****218N .
VII. Por Resolución de Alcaldía nº 2023-0208, de fecha 1 de junio de 2023, se tomó conocimiento de la renuncia de CATALINA ALMAGRO VILCHES e incoó procedimiento para la adjudicación directa a VANESSA MARTINEZ ORTIZ, requiriéndole la acreditación de los requisitos de solvencia.
VIII. Mediante registro de entrada nº 2023-E-RC-754, de fecha 05 de junio de 2023, VANESSA MARTINEZ ORTIZ aportó la documentación requerida y la demás obra en el expediente.
Examinada la documentación obrante en el expediente y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,
RESUELVO
PRIMERO. Adjudicar la concesión del uso privativo del bien de dominio público “Bar de la piscina municipal de Quer (Guadalajara)” en las condiciones que figuran en el Pliego de condiciones, de fecha 23 de marzo de 2023, a VANESSA MARTINEZ ORTIZ con DNI/NIE/NIF *****218N, destacando que el canon anual será de seiscientos euros (600,00 €) y una duración de dos años- entendiendo por tal desde el 1 de junio de 2023 hasta el 31 de mayo de 2025- prorrogables otros dos años adicionales por periodo de cada prórroga de un año, conforme el Pliego citado.
SEGUNDO. Notificar al adjudicatario del contrato, la presente Resolución y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar en el Ayuntamiento de Quer el 06 de junio de 2023 a las 13:00 horas.
TERCERO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de su general conocimiento.
CUARTO. Publicar, la presente Resolución, en el perfil de contratante.”
Se publica la misma para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante Juzgado Contencioso Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Quer a seis de junio de dos mil veintitrés, el Alcalde en funciones de Quer, D. José Miguel Benítez Moreno.