AYUNTAMIENTO DE ALHÓNDIGA
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El Pleno de la Corporación Municipal de Alhóndiga, en sesión ordinaria celebrada con fecha 31 de enero de 2023, adoptó por Unanimidad el acuerdo de delegar el ejercicio de la competencia de Órgano de Contratación del Pleno en la Alcaldía-Presidencia, durante el ejercicio 2.023, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, para la agilidad y celeridad de los trámites respecto a la contratación municipal durante el presente ejercicio, y con la finalidad de poder atender las obligaciones de gestión municipal en beneficio de los ciudadanos con un mayor grado de eficacia.
La delegación comprende el ejercicio de las competencias establecidas en la Disposición Adicional Segunda, Apartado 2, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales, durante el período indicado.
Lo que tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Alhóndiga, a treinta y uno de enero de dos mil veintitrés. LA ALCALDESA-PRESIDENTE, FDO.: Susana Macho Adalia