AYUNTAMIENTO DE CENDEJAS DE ENMEDIO
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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de crédito nº 2/2022, en la modalidad de crédito extraordinario, siendo su resumen a efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
Altas Presupuesto de Gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Programa |
Económica |
||
130 |
623 |
Instalación de videocámaras |
10.000,00 |
165 |
629 |
Mejora alumbrado público |
2.330,00 |
|
|
TOTAL GASTOS |
12.330,00 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería del ejercicio 2021 y con mayores ingresos, en los siguientes términos:
Altas Presupuesto de Ingresos
Aplicación Económica |
Descripción |
Euros |
761 |
Diputación Provincial (Subvención instalación videocámaras) |
10.000,00 |
870 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
2.330,00 |
TOTAL INGRESOS |
12.330,00 |
Contra la aprobación definitiva de la modificación de créditos nº 2/2022, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia
En Cendejas de Enmedio, a 26 de diciembre de 2022. El Alcalde. Fdo.: David Cañamares Pastor