AYUNTAMIENTO DE VALDEAVELLANO
4208
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público,ha quedado automáticamente elevado a definiivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento, adoptado en fecha 25 deOctubrede 2022 del expediente nº2/2022 de Modificación de Créditos para concesión de Suplementos de Créditos el cual se hace público con el siguiente detalle:
Altas en Partidas de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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342 |
632.00 |
Inversiones reposición instalaciones deportivas |
15.834,06 € |
2.596,66€ |
18.430,72 € |
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TOTAL |
15.834,06 € |
2.596,66 € |
18.430,72 € |
FINANCIACIÓN
En cuanto a la financiación del expediente, la misma se realiza con cargo a: Remanente Líquido de Tesorería
Altas en Partidas de Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Euros |
Económica |
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Cap. Art. Concepto .Subconcepto 8 87 870 870.00 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
2.596,66 € |
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TOTAL INGRESOS |
2.596,66 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
En Valdeavellano, a 14 de Diciembre de 2022.Fdo.El Alcalde, Fernando Ruiz Calvo