AYUNTAMIENTO DE LA YUNTA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos úrbanos, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- "ASUNTO SEGUNDO.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.
(….)ACUERDA
PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del servicio de recogida de Residuos, en los términos en que figura en el expediente con la subida de la Tasa a 60.-€. (….) “
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En La Yunta a 9 de noviembre de 2022.El Alcalde-Presidente,Fdo.: Margarita Morera Andreu