AYUNTAMIENTO DE FUENTELSAZ
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Este Ayuntamiento se encuentra con el Presupuesto de 2021 prorrogado para 2022.
En sesión del pleno extraordinaria celebrada el día 24 de enero de 2022, se acordó aprobar inicialmente el Expediente de Modificación de Crédito extraordinario núm. 1/2022 del vigente Presupuesto.
Transcurrido el plazo de 15 días hábiles, período en el que ha permanecido expuesto al público el expediente, mediante anuncio que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara número 18 de fecha 27 de enero de 2022, y no habiéndose presentado reclamación alguna contra el mismo, el mencionado expediente adquiere carácter definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el artículo 169.1, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y que se hace público con el siguiente contenido:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITOS INICALES |
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
CRÉDITOS FINALES |
150-609 |
ACONDICIONAMIENTO EDIFICIOS |
0 |
153.900,00 |
153.900,00 |
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TOTAL |
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153.900,00 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería para gastos generales
Estado de Ingresos
APLICACIÓN |
DESCRIPCIÓN |
REMANENTE LÍQUIDO DE TESORÍA A APLICAR EN 2021 |
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Progr. |
Económica |
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870 |
000 |
REMANENTE LIQUIDO DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES |
153.900,00 |
Contra la aprobación definitiva de la Modificación de Crédito núm. 1/2022, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Fuentelsaz a 22 de marzo de 2022. El Alcalde, Fdo: don José Luis Sánchez Carrasco