AYUNTAMIENTO DE RIBA DE SAELICES
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Transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado reclamaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se eleva a definitivo el acuerdo provisional relativo a la modificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por el Suministro municipal de Agua Potable a Domicilio.
Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso – administrativo ante la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla – La Mancha en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Riba de Saelices, 17 de diciembre de 2021.El Alcalde Fdº Ricardo Villar
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL SUMINISTRO DE AGUA
Artículo 5º.-
BASES Y TARIFAS:
Cuota semestral, por acometida: 6,00 euros.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.
Artículo 3º.- Base Imponible, cuota y devengo
- El tipo de gravamen será el 2% del coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra.
Riba de Saelices, 17 de diciembre de 2021.El Alcalde Fdº Ricardo Villar