AYUNTAMIENTO DE LUPIANA
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Que en sesión extraordinaria urgente celebrada el 7 de octubre de 2021, se adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:
Se acordó delegar en la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha (Consejería de Desarrollo Sostenible) la competencia para la iniciación, instrucción, resolución y ejecución de la recuperación de ayudas transferidas a Telecom Castilla-La Mancha S.A. (TCLM) en virtud de los convenios para la financiación de los costes de digitalización de equipos de TDT siguientes:
Fecha convenio |
Centro Emisor |
Importe Cedido a TCLM 84.800,50 |
07/05/2010 |
19161tcmLupiana01 LUPIANA |
84.800,50 |
Lo que se publica conforme a lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento de Lupiana, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación anteriormente referida, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponerse el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
En Lupiana, a 20 de octubre de 2021. Fdo. Alcaldesa-Presidenta. Blanca del Rio Baños