AYUNTAMIENTO DE ALBENDIEGO
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 21/10/2020, sobre:
PRIMERO.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos
Nº 01/2020.-Suplmento de crédito con cargo al remanente de tesorería para gastos generales
Alta gastos
CAPÍTULO | DESCRIPCIÓN | IMPORTE |
1 | Gastos personal | 592 |
2 | Gastos corrientes | 5.500,00 |
6 | Inversiones reales | 11.800,00 |
Alta ingresos
CAPÍTULO | DESCRIPCIÓN | IMPORTE |
87 | Remanente | 17.892,00 |
N.º 02/2.020 de transferencia de créditos entre aplicaciones
De: 338 – 227 A 920-227 (3.900,00)
De: 920 – 463 A 920-227 (1.500,00)
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Albendiego a 12 de enero de 2021. El Alcalde: Mario Javier Gallego Pareja