AYUNTAMIENTO DE ALOCÉN
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SUMARIO
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alocén por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos.
TEXTO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 18/12/2020 acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos sólidos cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 18/12/2020 en sesión ordinaria se adoptó con el voto favorable de la mayoría de los asistentes el Acuerdo del tenor literal siguiente:
Visto que se solicitó informe de Secretaría en relación con el procedimiento y la Legislación aplicable para proceder a la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos.
Visto que se emitió informe técnico-económico para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos.
Visto que se emitió informe por parte del órgano Interventor.
Visto que se entregó el proyecto de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos elaborado por los Servicios Municipales del Ayuntamiento de Alocén.
Visto que con fecha 29/09/2018 se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos,
Visto que durante el plazo de exposición al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 208 de fecha 30/10/2018, del Acuerdo del Pleno de aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza , se han presentado las siguientes alegaciones:
1. D. JESÚS ORTEGA MOLINA.
Teniendo en cuenta informe de los Servicios Técnicos, el informe-propuesta de Secretaría y el Dictamen de la Comisión de Hacienda, el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 18/12/2020 previa deliberación, y por mayoría de los miembros de la Corporación,
ACUERDA
PRIMERO. Estimar las alegaciones presentadas por D. Jesús Ortega Molina.
SEGUNDO. Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la modificación en la imposición de la tasa y la redacción definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos una vez incorporadas a la misma las modificaciones derivadas de las reclamaciones presentadas con la redacción que a continuación se recoge:
Art. 6, Cuota Tributaria: La cuota Tributaria se determinará mediante la aplicación de las siguientes tarifas:
- Viviendas de carácter familiar: 28 € anuales.
- Bares, cafeterías, etc: 28 € anuales.
- Hoteles, fondas, residencias: 28 € anuales.
- Locales industriales: 28 € anuales.
- Locales comerciales: 28 € anuales.
- Viviendas sitas en extramuros: 75 € anuales.
- Escuela Provincial de Vela: 1.780 € semestrales, 3.560,00€/anuales,
El pago será semestral, esto es 14 € cada semestre para viviendas casco urbano, viviendas extramuros 37,50€ semestrales.
TERCERO. Publicar dicho Acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, aplicándose a partir de la fecha que señala dicha Ordenanza.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
CUARTO. Notificar este Acuerdo a todas aquellas personas que hubiesen presentado alegaciones durante el período de información pública.
QUINTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para todo lo relacionado con este asunto»
«Art. 6, Cuota Tributaria: La cuota Tributaria se determinará mediante la aplicación de las siguientes tarifas:
- Viviendas de carácter familiar: 28 € anuales.
- Bares, cafeterías, etc: 28 € anuales.
- Hoteles, fondas, residencias: 28 € anuales.
- Locales industriales: 28 € anuales.
- Locales comerciales: 28 € anuales.
- Viviendas sitas en extramuros: 75 € anuales.
- Escuela Provincial de Vela: 1.780 € semestrales, 3.560,00€/anuales,
El pago será semestral, esto es 14 € cada semestre para viviendas casco urbano, viviendas extramuros 37,50€ semestrales.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete.
La modificación de la presente Ordenanza fiscal ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno de esta Localidad el día 18 de diciembre de 2020 y comenzará a aplicarse el día 1 de enero de 2021, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Alocén, a 18 de Diciembre de 2020. El alcalde, Jesús Ayuso Aparicio