AYUNTAMIENTO DE EL CASAR
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El Pleno del Ayuntamiento de El Casar, en la sesión ordinaria celebrada el 28 de febrero de 2020, aprobó, con carácter inicial y provisional, la modificación del Reglamento del Consejo Local de las Mujeres por la Igualdad del municipio de El Casar, aprobado por acuerdo de Pleno de 20 de junio de 2017. Dicha aprobación y el expediente elaborado al efecto, han sido sometidos, conforme a lo ordenado en el referido acuerdo, a un período de exposición e información públicas por el plazo de 30 días hábiles, computados desde la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 128 de 9 de julio de 2020, habiéndose igualmente anunciado en el Tablón de Anuncios, Sede Electrónica y Portal de Transparencia municipales. Dado que durante el citado período de información pública no se han presentado reclamaciones ni sugerencias contra el referido acuerdo, de conformidad con lo prescrito en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), el mismo se entiende definitivamente adoptado.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 LBRL, la aprobación definitiva de dicho acuerdo y el texto articulado íntegro que figura como Anexo del presente Anuncio, se hacen públicos en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, entrando en vigor tras su completa publicación en dicho Boletín, y conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y haya transcurrido el plazo de 15 días hábiles que determina el artículo 65.2 de la misma. Asimismo, este anuncio se publicará en el Tablón de Anuncios, en la Sede Electrónica y en el Portal de Transparencia: https://elcasar.sedelectronica.es/transparency/46a42ef4-1650-4c0a-bc19-77f51f82a14b/
Contra dicho acuerdo y el Reglamento aprobados, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, de acuerdo con los artículos 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Conforme al artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa.
El Casar, 27 de agosto de 2020. La Alcaldesa, María José Valle Sagra
ANEXO:
MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE LAS MUJERES POR LA IGUALDAD DEL MUNICIPIO DE EL CASAR
“Artículo Único.- Modificación del Reglamento del Consejo Local de las Mujeres por la Igualdad de El Casar aprobado por el Pleno de 20 de junio de 2017.
Uno. Se modifica el Artículo 5, “Composición del Plenario del Reglamento del Consejo Local de las Mujeres por la Igualdad del Municipio de El Casar, quedando redactado como sigue:
“Artículo 5. El plenario del Consejo Local de las Mujeres por la Igualdad tendrá la siguiente composición:
- Presidencia
- Secretaría.- Técnica del Centro de la Mujer del Ayuntamiento de El Casar
- Vocalías
- Una persona representante de cada una de las asociaciones de mujeres de El Casar.
- Una persona representante de las AMPAS de los colegios públicos de educación primaria de El Casar.
- Una persona representante de las AMPAS de los Institutos de educación secundaria de El Casar.
- Una persona representante de Cruz Roja El Casar.
- Una persona representante de Caritas El Casar.
También podrán asistir a las reuniones del Consejo a propuesta de cualquier miembro del Consejo y previa autorización de la Presidencia, personas a título individual o entidades relacionas con la mujer que participen con voz pero sin voto, así mismo el Consejo podrá solicitar el asesoramiento de personas expertas en igualdad de género o en la materia específica cuando lo estime oportuno. La persona experta no tendrá derecho a voto.
Cada vocalía podrá designar hasta un máximo de dos suplentes.
Excepto la Presidencia, el personal de elección o de designación política no podrá formar parte del Consejo Local de las Mujeres por la Igualdad del municipio de El Casar”.