Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Viernes, 07 Agosto 2020 08:08

MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LA GESTIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO Y DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.

2029

MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LA GESTIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO Y DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
Descargar pdf Anuncio

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA


2029

Por medio del presente anuncio se hacen públicas las Normas Reguladoras de la Gestión de las Bolsas de Trabajo y del Procedimiento de Contratación en la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobadas, tras las modificaciones oportunas, mediante resolución de esta Presidencia núm. 2020-1659 de 29 de julio de 2020.

 

NORMAS REGULADORAS DE LA GESTIÓN DE BOLSAS DE TRABAJO Y DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.

1.- PRINCIPIOS GENERALES.-

Las bolsas de trabajo tendrán vigencia hasta que se produzca un nuevo proceso selectivo, pudiendo coexistir bolsas originadas o constituidas a raíz de proceso selectivo de promoción interna, ya sea de carácter definitivo o temporal, con las de procesos de libre concurrencia.

En tal caso, con carácter preferente el puesto a cubrir será ofertado a funcionarios de carrera o personal laboral fijo de esta Excma. Diputación Provincial incluido en aquellas.

2.- GESTIÓN DE LAS BOLSAS DE TRABAJO.-

2.1.- A efectos de su llamamiento, los aspirantes inscritos en la bolsa de trabajo podrán hallarse en situación de No disponible o Disponible, dependiendo de que se encuentren o no, respectivamente, cubriendo temporalmente un puesto en virtud de su pertenencia a alguna de las bolsas constituidas para prestar servicios en los distintos centros de trabajo de esta Excma. Diputación Provincial.

A los aspirantes en situación de No disponible no se les ofertarán puestos de trabajo mientras permanezcan en tal situación, excepto en los casos que a continuación se relacionan:

  1. A los incluidos en distinta bolsa de trabajo:

a) Se les ofertará, en cualquier caso.

  1. A los incluidos en la misma bolsa de trabajo, se les ofertará:

a) Cuando se trate de nombramiento o contratación para cubrir plaza/puesto vacante.

b) Cuando se trate de nombramiento o contratación para cubrir plaza/puesto que tenga la localización del centro de trabajo en distinta localidad, implique una modificación sustancial de retribuciones (superior, en todo caso, al 10% con carácter anual), de la jornada o del horario de trabajo; siempre que se cuente, al menos, con tres años de antigüedad en el puesto que se ocupa y el puesto que se pretende haya quedado desierto en el correspondiente concurso de provisión de puestos de trabajo (incluida la fase de resultas, de haberla). En cualquier caso, se reconoce siempre un mejor derecho para ocupar este tipo de puestos al personal funcionario de carrera, a continuación, al personal laboral fijo y, finalmente, al funcionario interino y personal laboral temporal.

2.2.- Los aspirantes en situación de Disponible estarán obligados a la aceptación del puesto de trabajo ofertado cuando les corresponda de acuerdo con el número de orden que ocupen, y éste, en caso de igualdad de puntuación en las pruebas de selección para constituir la bolsa, será establecido según la letra resultante del sorteo para determinar el orden de actuación de aspirantes a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. La rescisión unilateral del contrato por parte del trabajador o la renuncia al puesto ofertado conllevará automáticamente su baja en la bolsa de trabajo, excepto en los siguientes supuestos:

a) Período de embarazo (si el puesto de trabajo es incompatible con esta situación de embarazo) o el correspondiente al de maternidad o situaciones asimiladas, hasta su término debidamente acreditado.

b) Enfermedad o incapacidad temporal, probada mediante el documento sanitario del correspondiente facultativo de la Seguridad Social que acredite la baja. La situación en bolsa cambiará a Disponible una vez transcurridos 15 días naturales desde la notificación por el aspirante al Servicio de Recursos Humanos de la correspondiente alta médica.

c) Cuando estuviera prestando servicios para otra Administración o en la empresa privada. Al igual que en el supuesto anterior, pasará a Disponible una vez transcurridos 15 días naturales desde la notificación de la finalización de la relación laboral.

d) Cuando se hubiera ofertado, por error, un puesto de trabajo a un aspirante No disponible.

e) Cuando no hubiera resultado posible la comunicación con el aspirante.

En los casos definidos en los apartados a), b) y c) el aspirante tendrá 10 días naturales para su justificación y pasará en todo caso a situación asimilada a la de No disponible en la bolsa de trabajo hasta que notifique su cambio de situación dentro del mismo plazo de 10 días naturales. Guardará su puesto en la bolsa conforme a lo previsto en el punto 2.3 siguiente. Transcurridos estos plazos, la justificación o la notificación en los 10 días naturales siguientes conllevará el pasar a ocupar el último lugar en la bolsa correspondiente. Agotado este nuevo plazo causará baja inmediatamente en la correspondiente bolsa de trabajo, debiendo comunicársele posteriormente por escrito dicha contingencia.

En el supuesto del apartado e) el aspirante seguirá manteniendo su puesto en la bolsa de trabajo hasta que se den las condiciones descritas en el párrafo quinto del apartado 3.1.2 Oferta.

2.3.- A la finalización de la vigencia del nombramiento o del contrato laboral con esta Diputación, se pasará a la situación de Disponibles en la bolsa de trabajo, en su lugar cuando el período total de contratación fuera inferior a dieciocho meses, y en el último puesto de la misma si hubieran superado el mencionado plazo.

Cuando se hubiera constituido nueva bolsa de trabajo no se incorporará a la misma por el mero hecho de haber estado inscrito en la anterior.

2.4.- En el supuesto de que el aspirante pretenda su pase a la situación de Disponible en otras bolsas de trabajo distintas a aquella por la que estuviera contratado, y el cambio lo sea como consecuencia de su renuncia voluntaria o por la rescisión unilateral del contrato temporal que mantenía, su pase a la nueva situación en esas bolsas será efectivo en el plazo de quince días naturales desde la notificación efectiva al Servicio de Recursos Humanos.

3.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.

3.1. Procedimiento ordinario.-

3.1.1. Petición.- Surgida la necesidad de cubrir mediante contratación temporal un puesto de trabajo, el Servicio correspondiente efectuará la propuesta de contratación al de Recursos Humanos, con el Vº Bº del Diputado Delegado correspondiente más el del Diputado Delegado de Personal. Esta petición se cursará a través del Registro General de Entrada, siendo éste determinante para ofertar a los aspirantes los puestos a cubrir.

3.1.2. Oferta.- La oferta del puesto de trabajo será realizada mediante telegrama con acuse de recibo o cualquier otro medio que permita tener constancia escrita de su recepción por el aspirante, además de llamarles por teléfono.

El encargado de la gestión de la bolsa ofertará al aspirante con derecho a ello la cobertura temporal del puesto. Al realizar la oferta se indicará al aspirante que deberá personarse, de 9 a 14 horas del día laborable siguiente a la recepción, en el Servicio de Recursos Humanos, donde se le hará entrega por escrito de la misma y firmará su recibí, así como la declaración de aceptación y el formulario correspondiente a la declaración jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el normal desempeño de sus funciones, de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autónoma o Local, ni encontrarse incurso en causa de incapacidad de las establecidas legalmente, y de no estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, referida al personal al servicio de las Administraciones Públicas, comprometiéndose, en su caso, a ejercer la oportuna opción en el período de tiempo que prevé el artículo 10 de la disposición legal señalada.

En dicho documento, además, hará constar si se encuentra o no incluido en otras bolsas de trabajo de esta Diputación.

En el caso de que no fuera posible contactar personalmente con un aspirante durante tres ofertas distintas y consecutivas, separadas al menos por veinticuatro horas, el candidato será dado de baja en la correspondiente bolsa de trabajo.

Se dejará constancia por escrito de las gestiones realizadas, candidatos y puestos ofertados y del resultado de todas las actuaciones.

La oferta de puestos a los aspirantes se realizará, con carácter general, para el puesto concreto que corresponda por el turno. Únicamente se dará a elegir al aspirante entre varios puestos ofertados cuando correspondan a puestos de trabajo que hayan sido remitidos en una misma solicitud o en los casos de sustituciones por vacaciones.

3.1.3. Contestación a la oferta.- Comunicada la oferta al aspirante, éste contestará en relación con la aceptación o, en su caso, la renuncia al puesto ofertado.

Si el aspirante renunciara o no se personara en el Servicio de Recursos Humanos en el plazo señalado, causará baja inmediatamente en la correspondiente bolsa de trabajo, debiendo comunicársele posteriormente por escrito dicha contingencia.

Si aceptara el puesto, el aspirante cumplimentará los correspondientes formularios de aceptación y la declaración jurada previstos en los párrafos segundo y tercero del apartado 3.1.2. Oferta. La falsedad comprobada en la declaración jurada conllevará automáticamente la rescisión del contrato temporal efectuado, así como la exclusión del trabajador de la bolsa de trabajo de la que fue extraído.

Desde ese momento, y a los únicos efectos de bolsa de trabajo, queda vinculado a la oferta efectuada, sin que pueda variarse ésta, salvo que antes de la firma del contrato desaparezca la causa que motivó la necesidad de la contratación.

3.1.4.  Período de prueba.- Cuando el trabajador contratado no lo superase, será dado de baja en la bolsa de trabajo correspondiente.

3.2. Procedimiento extraordinario.-

 Se cursará oferta de trabajo a la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha (SEPECAM) en los casos y circunstancias que se definen a continuación:

a) En ausencia de candidatos en situación de Disponibles en la bolsa de trabajo.

b) Cuando el puesto no fuera aceptado por ninguno de los integrantes disponibles en la bolsa, y haya de declararse ésta como ampliable. En tanto se mantengan las mismas circunstancias, y mientras dure el proceso de ampliación de la bolsa, nunca superior a dos meses, los puestos que hayan de ser cubiertos lo serán por este procedimiento.

En cualquiera de los casos que se haya utilizado este procedimiento, el personal contratado, una vez finalice su relación laboral, no será incorporado a la misma.

4.- APLICACIÓN Y VIGENCIA DE ESTAS NORMAS REGULADORAS.

Las presentes normas reguladoras serán de aplicación, en todo lo no regulado por ellas, a las bolsas de trabajo vigentes y en su totalidad a las creadas con posterioridad a su aprobación.

Guadalajara, 31 de julio de 2020, El Presidente, José Luis Vega Pérez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 325 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00