AYUNTAMIENTO DE LA MIERLA
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En la Intervención de este Ayuntamiento y, conforme disponen los artículos 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 212 del Decreto-Legislativo 2/2.004, de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la Cuenta General del Presupuesto del ejercicio 2019 con el informe de la Comisión Especial de Cuentas para su examen y formulación por escrito, de los reparos, reclamaciones y observaciones que procedan. Las citadas cuentas están integradas exclusivamente por las del Ayuntamiento
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170 del Decreto-Legislativo 2/ 2004 , y por los motivos taxativamente enumerados de dicho artículo, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
- Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles y ocho más para la admisión de reclamaciones a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.
- Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En La Mierla, a 28 de Mayo de 2020. El Alcalde, Fdo. Ricardo jimenez Guerra