AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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A los efectos previstos en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el contenido literal del acuerdo adopto por el Ayuntamiento Pleno de Marchamalo en sesión celebrada el 01/10/2019:
“PRIMERO.- Delegar a favor de la Alcaldía la competencia para acordar la aprobación del expediente para la contratación de servicios deportivos en las instalaciones deportivas municipales.
SEGUNDO.- Incorporar al expediente los borradores de los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que regirán la licitación, sin perjuicio de las modificaciones que pudieran experimentar a resultas de cerrar la negociación con los trabajadores afectados y su posterior fiscalización.
TERCERO.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el presente acuerdo”.
Marchamalo, a 20 de noviembre de 2019. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría