AYUNTAMIENTO DE FUENTELSAZ
3007
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por recogida de basura, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
“ se modifica el artº 7º Cuota Tributaria, que pasará el siguiente contenido literal:
Artículo 7º,- Cuota Tributaria
1.-la cuota tributaria consistirá en una cantidad fija que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.
A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
- por cada vivienda..................................80 euros
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el B.O.P.ante el Tribunal Superior de Justicia.
Fuentelsaz a 8 de noviembre de 2019. El Alcalde