AYUNTAMIENTO DE MOLINA DE ARAGÓN
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SUMARIO
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Molina de Aragón por el que se aprueba el expediente de modificación de créditos n. º 1/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
TEXTO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 22 de julio de 2019, sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación.
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Modificaciones de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
151 |
632 |
Invers .Repos. Edif. Munic. |
330.000 |
56.000 |
386.000 |
|
|
TOTAL |
330.000 |
56.000 |
386.000 |
Bajas en Aplicaciones de gastos con crédito disponible
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Modificaciones de crédito | Créditos finales | |
Progr. | Económica | ||||
922 | 202 | Arrendamiento financiero | 11.816 | 11.500 | 316 |
925 | 22199 | Aportación del 07% del Pto. | 15.000 | 14.500 | 500 |
336 | 682 | Rehabilitación del Castillo | 30.000 | 30.000 | 0 |
TOTAL | 56.816 | 56.000 | 816 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Molina de Aragón a 20 de agosto de 2019, El Alcalde, Fdo. Francisco Javier Montes Moreno