SERVICIO DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO. ÁREA DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y EMPLEO
1803
BDNS (Identif.):464714 Título: De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-promocion-economica)
Primero. Objeto:
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones a favor de los Grupos de Acción Local de la provincia de Guadalajara, destinadas a sufragar gastos de gestión y funcionamiento de su actividad, correspondientes al ejercicio económico 2019.
Segundo.- -Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los Grupos de Acción Local de la provincia de Guadalajara que gestionen la estrategia de desarrollo local participativo en el periodo 2014-2020, de entre los seleccionados por Resolución de 16/08/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha, y que son los que se relacionan a continuación:
Grupo |
N.I.F. |
Asociación de Desarrollo Rural Molina de Aragón Alto Tajo |
G19198480 |
Asociación para el Desarrollo de la Sierra Norte de Guadalajara |
G19149897 |
Federación de Asociaciones para el Desarrollo Territorial Tajo Tajuña |
G19185156 |
Asociación para el Desarrollo de Alcarria y Campiña |
G19186188 |
Asociación Desarrollo Rural Alcarria Sur |
G19311802 |
Tercero.- Bases reguladoras:
Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 59, de 17 de mayo de 2004 y en la url: http://transparencia.dguadalajara.es/c/document_library/get_file?uuid=29f44123-03f8-49e6-85ab-f0bee9c6dcff&groupld=704228. Además, esta convocatoria está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara para el período 2017-2019, aprobado por el pleno de la Corporación el 19 de mayo de 2017, actualizado mediante acuerdo plenario de fecha 22 de febrero de 2019 y publicado de forma definitiva en el BOP nº 60 de fecha 26 de marzo de 2019, y en la siguiente url: https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/9-general/33951-Bolet%C3%ADn-Oficial-de-la-Provincia-de-Guadalajara-n%C3%BAm-60-de-martes-26-de-Marzo-de-2019
Cuarto.- Cuantía:
Las subvenciones se financiarán con cargo a la Partida 422 489.00 del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial para el año 2019. La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000. €)
Quinto.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
En base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas jurídicas están obligadas a relacionarse telemáticamente con las administraciones públicas (Certificado Digital de Persona Jurídica).
Las solicitudes de subvenciones se tramitarán a través de la Sede electrónica https://dguadalajara.sedelectronica.es Se cumplimentará el formulario de solicitud, acompañado de los anexos correspondientes, y se presentará por vía telemática, una vez completado y firmado electrónicamente por la persona que ostente la representación legal de la entidad o agrupación, para lo cual será necesario disponer del certificado electrónico de representante de persona jurídica y ejecutar la opción de enviar.
Guadalajara, 10 de julio de 2019. el Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez