AYUNTAMIENTO DE MILMARCOS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la MODIFICACION DE CUOTA TRIBUTARIA TASA DE RECOGIDA DE RESIDUOS , cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Recogida de residuos sólidos urbanos
Articulo 7.- cuota tributaria
-la cuota tributaria consistirá en una cantidad fija que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.
A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa:
-por cada vivienda en general..................................70 euros
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara
Milmarcos a 21 de diciembre de 2018. El Alcalde