AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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ANEXO II
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA
COD. BDNS_ 421032
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 26 de octubre de 2018, ha aprobado las Bases por la que se convocan subvenciones en materia de Ayudas destinadas a aquellos estudiantes que llevan a cabo estudios de Máster o Postgrado durante el curso 2018-2019, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios.
Podrán solicitar esta subvención Estudiantes titulares de Tarjeta Ciudadana de Azuqueca de Henares que estén cursando cursos de máster o postgrado.
Segundo. Objeto
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión, en régimen de subvención, de ayudas destinadas a aquellos estudiantes que llevan a cabo estudios de Máster o Postgrado durante el curso 2018-2019. Dicha ayuda será el 10% del coste total de dicho Máster o estudio que están realizando, hasta un máximo de 800 €.
Tercero. Bases reguladoras
Se regirá por Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares y por las Bases específicas aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 26 de octubre de 2018.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 29.980 €, las ayudas que se regulan en esta convocatoria incluyen el abono de un 10% del coste total del curso de Postgrado o Máster que se esté realizando hasta un máximo de 800€ por beneficiario/a.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán a Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 7 días desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Sexto. Otros datos.
Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas los jóvenes que reúnan los siguientes requisitos en la fecha de solicitud:
- Ser titular de la Tarjeta Ciudadana de Azuqueca de Henares.
- Estar en posesión uno de los siguientes títulos: Licenciado o Diplomado Universitario, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Medio o Formación Profesional de Grado Superior.
- Estar matriculado en algún curso de Máster o Postgrado en el momento de la solicitud de la ayuda.
- No encontrarse incluido en alguna de las causas que inhabilitan para la obtención de la condición de beneficiario de las enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursos en supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
- Encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social.
En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.
En Azuqueca de Henares, a 26 de octubre de 2018. Fdo. El Alcalde, D. José Luis Blanco Moreno