AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el acuerdo plenario de primero de agosto de 2018 que ha quedado automáticamente elevado a definitivo por ausencia de reclamaciones, sobre el expediente de modificación de créditos n.º P03/18 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:
Estado de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
171 |
600 |
Terrenos |
0.- |
1.350.000.- |
1.350.000.- |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Estado de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
87 |
870.00 |
Remanente Líquido Tesorería |
1.350.000.- |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Brihuega a 2 de octubre de 2018. El Alcalde, Luis Manuel Viejo Esteban.