AYUNTAMIENTO DE ALCOCER
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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 29/09/2018 acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 44/2018 financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería, con el siguiente resumen por capítulos:
Estado de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
920 |
210 |
Admon. General. Reaparaciones mantenimiento y conservación |
0,00 |
34.839,79 |
34.839,79 |
|
|
TOTAL |
0,00 |
34.839,79 |
34.839,79 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Estado de Ingresos
Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
||
Cap. |
Art. |
Conc. |
||
8 |
70 |
00 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
34.839,79 |
|
|
|
TOTAL INGRESOS |
34.839,79 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://alcocer.sedelectronica.es ].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
ALOCÉN A 1 DE OCTUBRE DE 2018. EL ALCALDE: AGUSTÍN CÁMARA CERVIGÓN