DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA SERVICIO DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO ÁREA DE TURISMO
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Acuerdo de 23 de agosto de 2018, de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, por el que se aprueba la convocatoria de las subvenciones a los Ayuntamientos de la Provincia de Guadalajara para la realización de material promocional turístico para el año 2018.
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, de 23 de agosto de 2018 (punto nº 9), por el que se convocan subvenciones a los Ayuntamientos de la Provincia de Guadalajara para la realización de material promocional turístico para el año 2018.
BDNS (Identif.): 414201
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-turismo).
Primero.- Beneficiarios: Podrán solicitar subvenciones a la Diputación Provincial de Guadalajara los Ayuntamientos de la provincia de Guadalajara con una población inferior a 20.000 habitantes.
Segundo.- Objeto y finalidad: La realización de material promocional turístico, de distribución gratuita, que muestre la oferta turística del municipio, a fin de posibilitar que la importante capacidad de atracción turística pueda derivar en la formación de un producto turístico de primer orden, que sirva de instrumento dinamizador de la economía de una localidad o comarca determinada.
Tercero.- Bases reguladoras: Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el B.O.P. nº 59 de fecha 17 de Mayo de 2.004.
Cuarto.- Cuantía: La cuantía total de las subvenciones asciende a la cantidad de 20.000.- Euros. Las subvenciones se financiarán con cargo a la Partida 430.46203 (a Ayuntamientos) del Presupuesto de Gastos de la Excma. Diputación Provincial.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Las solicitudes de subvenciones se formalizarán según el modelo que figura en el Anexo I de la Convocatoria, debiendo presentarse, junto con los documentos o informes que en su caso deberán acompañar a dichas solicitudes, en el Registro General de la Corporación o mediante cualquiera de los sistemas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto.- Otros datos: El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. La justificación de las subvenciones concedidas, se llevará a cabo presentando la entidad beneficiaria de la subvención la documentación correspondiente, en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en cualquier caso, hasta el 30 de noviembre del ejercicio en el que se hubiera concedido la misma.
Guadalajara, a 3 de septiembre de 2018. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara. D. José Manuel Latre Rebled.