AYUNTAMIENTO DE FUENTELENCINA
28
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, (BOP num 217 de 15 de noviembre de 2017) queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Fuentelencina adoptado en sesión de 8 de noviembre de 2017 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON MESAS, SILLAS, VELADORES, PÉRGOLAS, TOLDOS Y ELEMENTOS ANÁLOGOS, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
“Se acuerda modificar, en su totalidad, el artículo 3 de la Ordenanza:
- Pergola y/o similiar desplegada en época estival hasta un máximo de 15 m²: 100.- €/año
- Pérgola y/o similar no desplegada, pero con las fijaciones ancladas en vía pública, hasta un máximo de 15m2: 50.-€/año
- Mesas, sillas y veladores: dada la no fijeza de las mismas y su variabilidad en cuanto a su número en relación a épocas estivales, y/o ferias y festividades, se establece una cuota fija de 200 euros/año.
Se acuerda modificar el artículo 4º, añadiendo el punto 9º:
Quedan, terminantemente prohibidas, terrazas, miradores, balcones, marquesinas, toldos, paravientos y otras instalaciones semejantes, voladizas sobre pública o que sobresalgan de la línea de fachada, asi como por ocupación del dominio público con mesas, sillas, veladores, pérgolas, toldos y elementos análogos, que tengan carácter de cerradas y/o permanentes.
Queda, terminantemente prohibido, bloquear pasos de accesos a viviendas o su impedimiento, con dichas instalaciones, quedando expeditas para su uso.”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha.
En Fuentelencina, a 28 de diciembre de 2017. El Alcalde Santos López Tabernero