AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
2698
Por Resolución de la Alcaldía, según el detalle que se indica, se han aprobado el/los siguientes padrones de recibos:
Concepto |
Ejercicio /periodo
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Fecha aprobación |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio
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Junio 2017 |
21-08-2017 |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio
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Julio 2017 |
22-08-2017 |
Tasa entrada vehículos a través de aceras (VADOS) |
2017 |
21-08-2017 |
Impuesto Actividades Económicas 2017
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2017 |
21-08-2017 |
Tasa recogida de Basura
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2do semestre 2017 |
21-08-2017 |
Dicho/s padrón/es estarán expuestos al público en la Sección de Rentas y Exacciones de este Ayuntamiento para el examen y reclamaciones por parte de los legítimamente interesados, por periodo de quince días hábiles a contar del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
PERIODO DE PAGO:
Pago en periodo voluntario:
Concepto |
Ejercicio/periodo
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Inicio |
Fin |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio
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Junio 2017 |
03-11-2017 |
05-01-2018 |
Precio Público Servicio Ayuda a Domicilio
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Julio 2017 |
05-12-2017 |
05-02-2018 |
Tasa entrada vehículos a través de aceras (VADOS) |
2017 |
20-09-2017 |
20-11-2017 |
Impuesto Actividades Económicas 2017
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2017 |
20-09-2017 |
20-11-2017 |
Tasa recogida de Basura
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2do semestre 2017 |
20-09-2017 |
20-11-2017 |
LUGAR DE PAGO Y DUPLICADOS:
Los pagos se deben efectuar en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras de todo el territorio nacional, en los cajeros ciudadano o en la pasarela de pagos de la web municipal. Para efectuar el pago es imprescindible disponer de una carta de pago. Puede obtener un duplicado de la misma en cualquier oficina de CAIXABANK, a través de la oficina virtual del Ayuntamiento o presencialmente en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC).
Se informa a los contribuyentes que las entidades colaboradoras no podrán poner restricciones de días ni horarios al cobro de los tributos municipales, estando obligados a efectuar el cobro cualquier día de la semana en horario de apertura de la oficina. (Los carteles limitativos de horario de cobro no se refieren al Ayuntamiento sino a otras entidades).
Se recuerda la conveniencia de domiciliar el pago de los tributos, con el fin de evitar retrasos y posibles recargos tributarios, puesto que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario se exigirán las deudas por el procedimiento de apremio, produciéndose recargos de hasta un 20%.
Asimismo se informa que en la página www.azuqueca.es existe más información a disposición de los contribuyentes.
RECURSOS:
Recurso de Reposición: ante el Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del presente anuncio.
Recurso Contencioso-Administrativo:
Denegación expresa del Recurso de Reposición. Ante los Juzgados Contencioso - Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación de la desestimación del recurso de reposición.
Denegación presunta (silencio administrativo) del Recurso de Reposición ante los Juzgados Contencioso - Administrativo de Guadalajara en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que el referido recurso de reposición ha de entenderse desestimado de forma presunta por silencio administrativo – este silencio se produce por el transcurso de un mes a contar desde el día siguiente a la interposición de dicho recurso de reposición sin que se haya notificado la resolución.
También se puede interponer cualquier otro que se estime conveniente.
En Azuqueca de Henares, 23 de Agosto de 2017. EL ALCALDE. José Luis Blanco Moreno