AYUNTAMIENTO DE YÉLAMOS DE ARRIBA
1965
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de las Medidas de Control, Desarrollo y Participación en los Encierros de Reses Bravas por el Campo y Recinto Urbano, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
TEXTO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS MEDIDAS DE CONTROL, DESARROLLO Y PARTICIPACIÓN EN LOS ENCIERROS DE RESES BRAVAS POR EL CAMPO Y RECINTO URBANO DE YÉLAMOS DE ARRIBA
Se añade al final del apartado V.ORGANIZACIÓN DEL ENCIERRO el siguiente párrafo
“El Organizador dispondrá de servicios específicos de control para tranquilizar a las reses ante el eventual riesgo de que abandonen la zona de suelta, se produzcan situaciones de especial riesgo o cuando la integridad física de las reses lo exija.”
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En YÉLAMOS DE ARRIBA, a 22 de Junio de 2.017. Fdo.: Octavio Fernández Prieto, Alcalde Presidente.