AYUNTAMIENTO DE CANREDONDO
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A N U N C I O
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada en 1ª convocatoria el día 21 de Marzo de 2015, con la asistencia de los tres Concejales que forman la Corporación, entre otros acuerdos tomó el que copiado íntegramente dice:
1º.-Conceder la exención del Impuesto para los vehículos históricos que reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio por el que se aprueba el reglamento de Vehículos Históricos o, aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
2º.-Dicha exención del Impuesto será solicitada por los titulares de los vehículos y en su caso por los herederos del titular en caso de fallecimiento al Ayuntamiento de Canredondo o al Servicio Provincial de Recaudación de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara.
La Corporación por dos votos a favor de los Sres. Concejales del PSOE y una abstención del Sr. Concejal del PP, aprueba dicha exención, e igualmente acuerda comunicar el presente acuerdo al Servicio Provincial de Recaudación de la Excma. Diputación Provincial.
Lo que se hace público mediante el presente anuncio que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Canredondo, 15 de noviembre de 2016.La Alcaldesa,Fdº. Mª del Carmen Gil Gil