EATIM MORANCHEL
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ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 24/11/2016 sobre transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones de crédito |
|
Progr. |
Económica |
|
|
1621 |
463 |
A MANCOMUNIDADES |
4300 |
338 |
22699 |
OTROS GASTOS DIVERSOS |
1100 |
|
|
TOTAL |
5400 |
Bajas o Anulaciones en Concepto de Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Bajas o anulaciones |
|
Progr. |
Económica |
|
|
1532 |
619 |
OTRAS INVERSIONES |
5400 |
|
|
TOTAL BAJAS |
5400 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Moranchel a 29 de Diciembre de 2016, El Alcalde Pedáneo, Fdo.: Rafael Martínez Agustín