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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente anuncio en relación con la organización de la corporación municipal del Ayuntamiento de Guadalajara:
1.- Decreto de la Alcaldía de 7 de abril de 2016, por el que se nombra miembro de la Junta de Gobierno Local:
– D.ª Carmen Heredia Martínez.
2.- Decretos de la Alcaldía de 26 de abril de 2016 por el que se nombran Concejales Delegados:
– D.ª Carmen Heredia Martínez, Concejala Delegada de Oficina de Atención al Ciudadano; Información, Registro y Padrón; Participación Ciudadana; Relación con las Asociaciones; Educación y Universidad y Sanidad y Consumo; quedando así sin efecto las delegaciones efectuadas sobre las materias referidas mediante Resolución de esta Alcaldía de 23 de junio de 2015, en los Concejales D. Armengol Engonga García, D.ª Verónica Renales Romo, D.ª Isabel Nogueroles Viñes, D. Francisco José Úbeda Mira y D.ª Encarnación Jiménez Mínguez.
– D. Armengol Engonga García, Concejal Delegado de Juventud, dejando sin efecto la delegación efectuada mediante Resolución de esta Alcaldía de 23 de junio de 2015, en la Sra. Concejala D.ª Verónica Renales Romo en dicha materia.
3.- Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 29 de abril de 2016, relativo a retribuciones de los miembros de la corporación con dedicación exclusiva, parcial y asistencias:
Primero.- Modificar parcialmente el acuerdo adoptado en la sesión plenaria de fecha 7 de julio de 2015, en los siguientes términos:
1º.- Establecer como base de cálculo de las retribuciones el límite fijado para municipios con población entre 75.001 y 150.000 habitantes, es decir 75.000 euros.
2º.- Establecer en 13 el número de concejales de la corporación en régimen de dedicación exclusiva.
3º.- Reservar 5 concejales en régimen de dedicación exclusiva para el gobierno electo (40% de 13 = 5,2) y distribuir 8 entre los grupos políticos de forma proporcional al número de miembros de cada uno de ellos (60% de 13= 7,8).
4º.- Realizar en base a lo establecido en el punto anterior, en cuanto a la distribución del 60%, la siguiente distribución por grupos políticos:
– Grupo Popular: 3 concejales en régimen de dedicación exclusiva.
– Grupo Socialista: 3 concejales en régimen de dedicación exclusiva.
– Grupo Ahora Guadalajara: 1 concejal en régimen de dedicación exclusiva.
– Grupo Ciudadanos: 1 concejal en régimen de dedicación exclusiva.
Como consecuencia de lo establecido en los puntos 3.º y 4.º resulta la siguiente distribución por Partidos Políticos, de concejales en régimen de dedicación exclusiva:
– PP: 8 concejales.
– PSOE: 3 concejales.
– Ahora Guadalajara: 1 concejal.
– Ciudadanos: 1 concejal.
5º.- Establecer en 3 en número de concejales en régimen de dedicación parcial, dos de ellos con delegaciones de gobierno con la asignación, y uno, con retribución del 25%, y otro, con retribución del 50%, de un concejal en régimen de dedicación exclusiva y el tercero, Presidente de una comisión, con una asignación y retribución del 75% de un concejal en régimen de dedicación exclusiva.
6º.- Establecer las siguientes retribuciones:
Cargo |
Número |
Retribuciones anuales |
Vicealcalde (dedicación exclusiva) |
1 |
60.599,98 euros |
Concejales-Delegados (dedicación exclusiva) |
7 |
49.537,88 euros |
Concejales PSOE (dedicación exclusiva) |
3 |
49.537,88 euros |
Concejales Ahora Guadalajara (dedicación exclusiva) |
1 |
49.537,88 euros |
Concejales Ciudadanos (dedicación exclusiva) |
1 |
49.537,88 euros |
Concejal-Delegado (dedicación parcial 50%) |
1 |
24.768,94 euros |
Concejal-Delegado (dedicación parcial 25%) |
1 |
12.384,47 euros |
Concejal Presidente comisión (dedicación parcial 75%) |
1 |
37.153,41 euros |
7º.- Los miembros de la corporación que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva ni parcial, percibirán, por asistencia a los órganos municipales (comisiones informativas permanentes, pleno, Junta de gobierno local), de los que formen parte, la cantidad que en cada momento se fije en las Bases de ejecución del Presupuesto, no pudiendo percibir más de una asistencia por día.
8º.- La asignación a los Grupos políticos municipales será la que en cada momento establezcan las Bases de ejecución del Presupuesto.
Segundo.- Los decretos de confirmación, cese o nuevo nombramiento, en aras a la efectividad del presente acuerdo, se tramitarán en un plazo máximo de 15 días desde su aprobación.
4.- Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 24 de mayo de 2016, por el que se efectúan delegaciones:
– Delegar en el Sr. Concejal Delegado de Recursos Humanos, D. Alfonso Esteban Señor:
- La aprobación de las Bases y convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo.
- La adscripción de los empleados públicos a los puestos de trabajo y a las Áreas de gobierno.
En Guadalajara a 6 de junio de 2016.– El Alcalde, Antonio Román Jasanada.