Ayuntamiento de Ablanque
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Por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 21 de junio de 2013, se ha acordado:
PRIMERO.- Delegar a favor de la Diputación Provincial de Guadalajara las facultades de recaudación en vía ejecutiva de los tributos y otros ingresos de derecho público de vencimiento no periódico, cuya titularidad corresponde a este Ayuntamiento, según el siguiente detalle;
Impuesto de construcciones, instalaciones y obras.
Tasa por licencia de obras, licencias urbanísticas y licencias de primera ocupación.
Ejecución de sentencias.
Ejecuciones subsidiarias.
Multas, cuotas y sanciones urbanísticas.
Tasas Cementerio Municipal y Acometidas de Agua.
SEGUNDO.- Adherirse al convenio tipo de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobado en sesión plenaria de 22 de enero de 2010, por el que se desarrolla la delegación de competencias en materia de recaudación ejecutiva de tributos y otros ingresos de derecho público de vencimiento no periódico; facultando expresamente al Sr. Alcalde-Presidente para su formalización.
TERCERO.- El acuerdo de aceptación de delegación de competencias se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, para su general conocimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ablanque, 26 de julio de 2013.– El Alcalde, José Luis Sancho del Castillo.