Ayuntamiento de Mazarete
1801
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 21 de abril de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 02/2016, que se hace público resumido por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
||
CAPÍTULO |
Euros |
|
2 |
GASTOS CORRIENTES |
11.023,65 |
7 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
7.345,40 |
TOTAL GASTOS |
18.369,05 |
FINANCIACIÓN
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos |
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CAPÍTULO |
Descripción |
Euros |
8 |
Remanente de tesorería gastos generales |
18.369,05 |
TOTAL INGRESOS |
18.369,05 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Mazarete a 16 de junio de 2016.– La Alcaldesa, Lucía Enjuto Cárdaba.