Ayuntamiento de Retiendas
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Transcurrido el plazo de treinta días de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto Construcciones, Instalaciones y Obras, al no haberse presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo tomado por el Pleno de este Ayuntamiento, según lo dispuesto en el art. 17 del Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, siendo su parte dispositiva como sigue:
- Ordenanza reguladora del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.
Artículo 7.º.- Tipo de gravamen.
Epígrafe 5: Obras menores: 1% del presupuesto de ejecución material de la obra, con mínimo de 10 €.
Contra el presente acuerdo de aprobación definitiva y de modificación de la Ordenanza, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de 2 meses, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Retiendas a 5 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Ramón Martín García.