Ayuntamiento de Molina de Aragón
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Transcurrido el plazo de 15 días de información pública del acuerdo de aprobación provisional del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función, no habiéndose presentado alegación o reclamación alguna, el acuerdo se eleva a definitivo y se publica el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinto grupo de función, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y artículo 127 del RDL 781/1986, de 18 de abril.
El expediente de modificación de créditos n.º 2/2013 al vigente presupuesto municipal adopta la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones presupuestarias pertenecientes a distinto grupo de función, de acuerdo con el siguiente desglose:
Altas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
||
155 |
61102 |
Inversión reposición vías públicas |
10.000 € |
|
151 |
63200 |
Inversión en edificios municipales |
30.000 € |
|
TOTAL GASTOS |
40.000 € |
|||
Bajas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
922 |
22400 |
Primas de seguros |
5.000 € |
|
925 |
22199 |
Aportación del 0,7% del pto. |
14.000 € |
|
334 |
48000 |
A instituc. sin fines de lucro |
16.000 € |
|
440 |
21400 |
Conserv. y reparac. vehículos |
5.000 € |
|
TOTAL GASTOS |
40.000 € |
Contra esta aprobación definitiva podrán interponer recurso contencioso-administrativo en un plazo de dos meses, a contar desde la publicación de este anuncio en el BOP de Guadalajara, las personas y entidades a que hacen referencia los artículos 170.1 y 171.1 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LRHL, y por los motivos enumerados en el artículo 170.2 de la misma.
Molina de Aragón a 3 de diciembre de 2013.– El Alcalde.