Ayuntamiento de Terzaga
1776
DECRETO
Don Javier Martínez Sanz, Alcalde del Ayuntamiento de Terzaga, tiene a bien dictar el siguiente decreto:
Habiéndose presentado por don Mariano Sanz Meda, con fecha 30 de mayo de 2016, según registros de entrada n. 73 y 74 de este Ayuntamiento, solicitud de licencia de para obras consistentes respectivamente en «Enfoscado de pared de valla de la nave de ovejas sita en el Polígono 501, Parcela 5077 de esta localidad por un lado y, por otro lado, cambio de capucha de chimenea y solado de pasillo interior de la vivienda sita en Calle Pozuela, 5 D» de esta localidad.
Teniendo en cuenta que tengo un interés personal en los citados procedimientos y lo dispuesto en el artículo 28.1 y 28.2 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone para las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones públicas la obligación de abstenerse y de intervenir en dichos procedimientos.
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y los artículos 44 y 47, 2 de la misma norma reglamentaria,
He resuelto lo siguiente:
PRIMERO. ABSTENERME, por causa de interés personal, respecto de cualesquiera cuestiones municipales relacionadas con el expediente mencionado.
SEGUNDO. DELEGAR en el Primer Teniente de Alcalde, don Roberto Molina Bacarizo, todas las atribuciones que correspondiesen a esta Alcaldía en relación al referido asunto.
TERCERO. PUBLICAR la presente delegación de atribuciones en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de este decreto.
CUARTO. NOTIFICAR la presente resolución al Primer Teniente de Alcalde, don Roberto Molina Bacarizo, y DAR CUENTA del mismo al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión ordinaria que se celebre.
En Terzaga a 30 de mayo de 2016.– El Alcalde, Javier Martínez Sanz.