Ayuntamiento de Robledillo de Mohernando
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PUBLICACIÓN APROBACIÓN PRESUPUESTO 2013
Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 4 de diciembre de 2013, el Presupuesto General, Bases de Ejecución y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2013, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Se publica asimismo el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) GASTOS POR OPERACIONES CORRIENTES |
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CAPÍTULO I: Gastos de personal |
23.121,70 € |
CAPÍTULO II: Gastos en bienes corrientes y servicios |
67.000,00 € |
CAPÍTULO III: Gastos financieros |
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CAPÍTULO IV: Transferencias corrientes |
568,00 € |
B) GASTOS POR OPERACIONES DE CAPITAL |
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CAPÍTULO VI: Inversiones reales |
45.000,00 € |
CAPÍTULO VII: Transferencias de capital |
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CAPÍTULO VIII: Activos financieros |
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CAPÍTULO IX: Pasivos financieros |
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TOTAL: |
135.689,70 € |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) INGRESOS POR OPERACIONES CORRIENTES |
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CAPÍTULO I: Impuestos directos |
73.771,01 € |
CAPÍTULO II: Impuestos indirectos |
1.000,00 € |
CAPÍTULO III: Tasas y otros ingresos |
57.671,55 € |
CAPÍTULO IV: Transferencias corrientes |
20.402,16 € |
CAPÍTULO V: Ingresos patrimoniales |
18.141,18 € |
CAPÍTULO VI: Enajenación con inversiones reales |
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B) INGRESOS POR OPERACIONES DE CAPITAL |
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CAPÍTULO VII: Transferencias de capital |
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CAPÍTULO VIII: Activos financieros |
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CAPÍTULO IX: Pasivos financieros |
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TOTAL: |
170.985,90 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
Funcionarios de carrera.
Denominación.
Plaza: Secretaria-intervención.
N.º plazas: 1.
Grupo: A.
Forma de provisión: Nombramiento definitivo.
Observaciones: Agrupada.
De conformidad con el acuerdo adoptado, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si, durante el citado plazo, no se presentan reclamaciones.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Robledillo de Mohernando a 4 de diciembre de 2013.– El Alcalde, Miguel Varela Sanz.