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REMISIÓN DE NOTIFICACIÓN DE PROPUESTA DE REVOCACIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO
De conformidad con lo establecido en los artículos 58, 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la comunicación sobre revisión de prestaciones por desempleo, a las personas que a continuación se indican, ya que, habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
DNI |
Nombre y apellidos |
Importe cobro indebido |
Período |
Motivo |
X7182697G |
Ben Mousa, Bouzakri |
3.852,36 |
16/03/2013 a 15/09/2013 |
Revocación acuerdo administrativo |
8995972M |
Ángel L. Pérez Miguel |
386,05 |
16/11/2013 a 30/11/2013 |
Revocación acuerdo administrativo |
Dispone usted de un plazo de 10 días, desde la notificación de esta comunicación, para formular, por escrito ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, las alegaciones que estime convenientes a su derecho.
Si está de acuerdo con la devolución de la cantidad indicada, dispone del mismo plazo para proceder a su reintegro, ingresándola en la cuenta SEPE 00495103 71 2516550943 de la sucursal del Banco Santander, haciendo constar en el boletín de ingreso el dígito 1 si se trata de una prestación del régimen general, 2 si se trata de subsidio agrícola, seguido del dígito de la provincia (19) y a continuación el número del DNI, debiendo presentar copia sellada del boletín de ingreso en su oficina de empleo.
Transcurrido este plazo, haya o no formulado alegaciones, se dictará resolución.
Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por Ley 4/1992, de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999 de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:
El número de expediente que se inicia con esta comunicación es de su DNI o NIE.
El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el Servicio Público de Empleo Estatal puede instar el inicio de un procedimiento si la acción no hubiera prescrito.
Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta unidad administrativa.
En Guadalajara, 30 de enero de 2014.– La Subdirectora Provincial de Prestaciones, Inmaculada Clares Navalpotro.