Ministerio de Empleo y Seguridad Social
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RESOLUCIÓN SOBRE EXTINCIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO POR ACTUACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
D. Salvador Cañas Quílez, Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Guadalajara,
HAGO SABER: Que al haber sido devueltas, por el Servicio de Correos, las resoluciones recaídas en los expedientes incoados como consecuencia de actas de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a que se refiere la presente relación, procede su notificación mediante esta publicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Acta de infracción |
Destinatario |
Localidad |
Sanción |
Órgano de alegaciones |
i/2013000191 |
ZAHARIA, AUREL CONSTANTIN |
GUADALAJARA |
EXTINCIÓN PRESTACIÓN DESEMPLEO |
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE |
I192014000001071 |
VASQUEZ HERMOSA, PABLO MAURICIO |
GUADALAJARA |
EXTINCIÓN PRESTACIÓN DESEMPLEO |
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE |
I282012000476028 |
IBARRA DAMIAN, JHONSON |
AZUQUECA DE HENARES |
EXTINCIÓN PRESTACIÓN DESEMPLEO |
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE |
I282012000427932 |
KONE, HAMADY |
GUADALAJARA |
EXTINCIÓN PRESTACIÓN DESEMPLEO |
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE |
I282012000330528 |
TAOUFIQ, ENNAJI |
AZUQUECA DE HENARES |
EXTINCIÓN PRESTACIÓN DESEMPLEO |
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SEPE |
Se les hace saber que dichas resoluciones se encuentran a disposición de los destinatarios en esta Dirección Provincial. Se podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de 30 días hábiles, a partir del día siguiente a esta notificación, ante el Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal. Dicho recurso podrá presentarse a través de las oficinas o Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, así como en los demás registros relacionados en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En Guadalajara a 26 de marzo de 2014.– El Director Provincial, Salvador Cañas Quílez.