Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Miércoles, 13 Julio 2016 08:55

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1929

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO DE EL OLIVAR

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de El Olivar

 

1929

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 29 de marzo de 2016, aprobó inicialmente la creación del Reglamento regulador del Registro contable de facturas del ayuntamiento de El Olivar.

De conformidad con lo que previene el art. 491) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los acuerdos iniciales serán expuestos al público durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas. El referido reglamento entrará en vigor una vez producida la aprobación definitiva, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En caso de no presentarse reclamaciones dentro de plazo, quedarán elevados, automáticamente, a definitivos los acuerdos iniciales sin necesidad de acuerdo expreso.

A continuación, se publica el texto íntegro del Reglamento regulador del Registro contable de facturas del Ayuntamiento de El Olivar:

REGLAMENTO REGULADOR DEL REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL Ayuntamiento DE EL OLIVAR

Ar­tícu­lo 1. Objeto.

El presente reglamento tiene como objeto la regulación del Registro contable de facturas ya en funcionamiento, conforme establecía la Ley 15/2010, de 5 diciembre, por la que se establecían medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y al que es de aplicación la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del Registro contable de facturas en el Sector Público.

Ar­tícu­lo 2. Ámbito de aplicación subjetivo.

Las disposiciones de este Reglamento serán de aplicación a todos los órganos, servi­cios y unidades administrativas del Ayuntamiento, de El Olivar y regulará las relaciones con los proveedores de bienes y servi­cios del Ayuntamiento emitidas en el marco de sus relaciones jurídicas y que estén obligados legalmente a la presentación de facturas.

Ar­tícu­lo 3. Integración orgánica y dependencia funcional del registro contable.

La gestión del registro contable de facturas corresponde al órgano o unidad que tiene atribuida la función de contabilidad.

El registro contable de facturas está integrado con el sistema de información contable soportado por la aplicación informática SicalWin.

Ar­tícu­lo 4. Uso de la factura electrónica.

Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servi­cios al Ayuntamiento de El Olivar podrán expedir y remitir factura electrónica.

El Ayuntamiento se ha adherido al Punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado -FACe- tal y como consta en el acuerdo contenido en el Decreto de Alcaldía de fecha 24 de septiembre de 2014.

En todo caso, y tal y como determina la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas, están obligados al uso de factura electrónica y a su presentación ante el FACe las entidades siguientes:

a) Sociedades anónimas.

b) Sociedades de responsabilidad limitada.

c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.

d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español, en los términos que establezca la normativa tributaria.

e) Uniones temporales de empresas.

f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

No obstante, el Ayuntamiento de El Olivar excluye de esta obligación de facturación electrónica, si así lo desean, a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000,00 euros y a las emitidas por los proveedores del Ayuntamiento por los servi­cios en el exterior, hasta que dichas facturas puedan satisfacer los requerimientos para su presentación a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas, de acuerdo con la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y los servi­cios en el exterior dispongan de los medios y sistemas apropiados para su recepción en dichos servi­cios.

Ar­tícu­lo 5. Procedimiento general para la tramitación de facturas.

1. Las facturas, tanto en soporte papel como a través del FACE, deberán ser presentadas en el Ayuntamiento de El Olivar, en el plazo de treinta días, desde la fecha de la entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servi­cios, y darán lugar a un asiento en el registro general.

2. No se anotarán en el registro contable las facturas que contuvieran datos incorrectos u omisión de datos que impidieran su tramitación, ni las que correspondan a otras administraciones públicas, las cuales serán devueltas expresando la causa de dicho rechazo.

3. Establecer que los códigos DIR3 del Ayuntamiento de El Olivar, de acuerdo con su estructura organizativa, son:

Código de la oficina contable: L01192000.

Código del órgano gestor: L01192000.

Código de la unidad de tramitación: L01192000.

Estos códigos serán indispensables para la remisión de todas las facturas electrónicas.

4. No obstante lo anterior, el Ayuntamiento de El Olivar podrá, en cualquier momento, dar de alta en DIR3 nuevas relaciones de acuerdo con su propia organización, así como suprimir cualquiera de las relaciones creadas.

En ambos supuestos, se deberá dar la publicidad oportuna para garantizar que, por parte de los proveedores, llegue la factura a la oficina contable competente para su registro.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente reglamento entrará en vigor a partir de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara, siempre que haya transcurrido el plazo previsto en el ar­tícu­lo 65.2 de la Ley 7 de 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En El Olivar a 21 de marzo de 2016.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Olivar (El)
Visto 378 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00