Ayuntamiento de Quer
1970
Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de fecha 16 de mayo de 2016, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2016 en la modalidad de crédito extraordinario, que se hace público con el siguiente resumen:
Altas en gastos |
|||
Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Programa |
Económica |
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Cap. art. concepto |
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171 |
619 |
Equipamiento parques públicos |
51.323,57 |
933 |
622.05 |
Reforma del consultorio local |
18.514,54 |
933 |
622.06 |
Reforma edificio multiusos |
14.244,02 |
133 |
623 |
Instalación de semáforo en c/ Torrelaguna |
149.928,82 |
TOTAL GASTOS |
234.010,95 |
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Bajas en ingresos |
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Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
Cap. art. concepto |
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231.480 |
A familias e instituciones sin fines de lucro |
234.010,95 |
|
TOTAL INGRESOS |
234.010,95 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola, la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Quer a 29 de mayo de 2016.– El Alcalde, José Miguel Benítez Moreno.