Ayuntamiento de Illana
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Anuncio DE APROBACIÓN Inicial
El Pleno del Ayuntamiento de Illana, en sesión [ordinaria/extraordinaria] celebrada el día 28 de julio de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2016 del Presupuesto en vigor en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo a mayores ingresos con el siguiente resumen por capítulos:
Altas en aplicaciones de gastos |
||||
Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
|
Progr. |
Económica |
|||
150 |
13104 |
1 |
SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.- Personal laboral |
10.521,53 |
150 |
22612 |
2 |
SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.- Mantenimiento de parques y jardines |
20.000,00 |
150 |
60002 |
3 |
SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.- Inversiones Redes saneamiento y agua potable |
25.000,00 |
150 |
62202 |
4 |
SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.- Obras de pavimentación |
75.000,00 |
150 |
62301 |
5 |
SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS.-Mejora Alumbrado eléctrico |
3.000,00 |
230 |
22609 |
6 |
PRODUCCIÓN BIENES PÚBLICOS.- Actividades culturales y deportivas |
5.000,00 |
231 |
22100 |
7 |
PRODUCCIÓN BIENES PÚBLICOS.- Energía eléctrica |
20.000,00 |
TOTAL GASTOS |
158.521,53 |
Esta modificación se financia con cargo a mayores ingresos, en los siguientes términos:
a) En el caso de mayores ingresos:
Altas en concepto de ingresos |
|||
ECONÓMICA |
N.º |
Descripción |
Euros |
Concepto |
|||
112 |
01 |
Impuesto sobre Bienes inmuebles Naturaleza Rústica |
9.334,05 |
113 |
02 |
Impuesto sobre Bienes inmuebles Naturaleza Urbana |
149.187,48 |
TOTAL INGRESOS |
158.521,53 |
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Illana a 28 de julio de 2016.– El Alcalde, Francisco Javier Pérez del Saz.