Ayuntamiento de El Pozo
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Edicto DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario adoptado en fecha 3 de julio de 2013, de aprobación inicial de modificación de crédito núm. 02/13 y 03/13: crédito extraordinario financiado con cargo al Remanente de Tesorería para gastos con financiación afectada, y transferencia de crédito entre diferentes grupos de función, respectivamente, que se hace público resumido por capítulos:
- Modificación de crédito 02/2013:
Aplicación Presupuestaria: 450.600.
Importe: 21.002,61 €.
Financiación. Concepto: 870.02.
Importe: 21.002,61 €.
- Modificación de crédito 03/2013:
Deducción: Aplicación Presupuestaria: 920.160. Importe: 6.246,14 €.
Aumento: Aplicación Presupuestaria: 450.600. Importe: 6.246,14 €.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En El Pozo de Guadalajara a 12 de agosto de 2013.– La Alcaldesa, M.ª José Fernández Barranco.