Ayuntamiento de Alovera
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EDICTO
Habiéndose aprobado por decreto n.º 441 de tres de julio de dos mil trece de la Sra. Alcaldesa-Presidenta el padrón correspondiente a la tasa por el servicio de rede contra incendios en Alovera del segundo semestre del ejercicio de 2012, se ha dispuesto lo siguiente:
Se establece como plazo de pago en período voluntario, del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2013 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.
Haciéndose constar que se notificarán de forma individual y colectivamente los respectivos recibos mediante notificación y publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 102 de la vigente Ley General Tributaria.
Contra dichos recibos se podrán interponer recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación previo al contencioso-administrativo.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de 20 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan.
En Alovera a 4 de julio de 2013.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.