Ayuntamiento de Alovera
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Edicto
Habiéndose aprobado por Decreto n.º 181, de 19 de marzo de 2014 de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, el Padrón correspondiente a la Tasa por el Servicio de la red contra incendios en Alovera del primer semestre del ejercicio de 2013, se ha dispuesto lo siguiente:
Se establece, como plazo de pago en período voluntario, del 1 de mayo de 2014 al 30 de junio de 2014 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior, si el último día es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público.
Haciéndose constar que se notificarán de forma individual y colectivamente los respectivos recibos mediante notificación y publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello, a tener de lo dispuesto en el artículo 102 de la vigente Ley General Tributaria.
Contra dichos recibos se podrán interponer recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación previo al contencioso-administrativo.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de 20 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Se advierte que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
En Alovera a 20 de marzo de 2014.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.