Juzgado de lo Social número cinco de Donostia - San Sebastián
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ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número cinco de Donostia - San Sebastián
NIG: P.V./ IZO EAE: 20.05.4-12/000223
NIG: CGPJ/ IZO BJKN:20.069.44.4-2012/0000223
Pieza ejecución/ Betearazp.pieza 40/20122969
Procedimiento Origen/ Jatorrizko Prozedura: Despidos/Iraizpenak 44/2012
Sobre/Gaia: Rescisión del contrato de trabajo y reclamacion de cantidad
Ejecutante / Alderdi Betearazlea: Javier Lec Albo
Parte Ejecutada / Betearazpenpeko Alderdia: Talleres Urrestarazu S.L., EVICAR Madrid S.A. y EVICAR España Comercio Vehículos Industriales S.A.
Edicto
D.ª Isabel Urbano Mateos, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 5 de Donostia - San Sebastián, HAGO SABER:
Que en autos pieza ejecución 40/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de D. Javier Lec Albo contra EVICAR España Comercio Vehículos Industriales S.A. sobre rescisión del contrato de trabajo y reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución así como el Decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal que más adelante se expresa:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario Judicial: D. Francisco Javier Olaso Arrillaga.
En Donostia - San Sebastián, a treinta de abril de dos mil trece.
Por recibida la documentación que antecede, remitida por el Registro de Bienes Muebles de Guadalajara (certificado de cargas y factura derechos), únase a los autos con traslado por copia a las partes y a Fogasa a los efectos de que tengan conocimiento de los bienes que han podido ser embargados y las cargas que les afectan.
Devuelto sin cumplimentar el exhorto remitido al Juzgado de Azuqueca de Henares, por las razones que en el mismo se hacen constar, dese cuenta a las partes y a FOGASA.
Requiérase al Fondo de Garantía Salarial a fin de que, en el plazo de cinco días, informe si ha procedido a realizar algún pago por los conceptos que son objeto del presente procedimiento de ejecución.
MODO DE IMPUGNARLA: Mediante recurso de reposición ante el Secretario judicial, a presentar en la Oficina judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.1 y 187.1 de la LJS).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la LJS).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones (pej 40/2012) y para el pago de 11.240,00 euros de principal y 4.759 euros calculados para intereses y costas, se declara insolvente, por ahora, al deudor EVICAR España Comercio Vehículos Industriales S.A., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aun pendiente de pago.
Firme la declaración de insolvencia, hágase constar en el Registro correspondiente (artículo 276.5 de la LJS) y archívense provisionalmente las actuaciones.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
La Secretaria judicial.
Y para que le sirva de notificación a EVICAR España Comercio Vehículos Industriales S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
En Donostia-San Sebastián a quince de julio de dos mil catorce.– La Secretaria Judicial rubricado.