AYUNTAMIENTO DE MOHERNANDO
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Al amparo de los establecido en el artículo 84.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, mediante acuerdo del Pleno de fecha 29 de septiembre de 2026, se acordó delegar en la Jefatura Provincial de Tráfico de Guadalajara el ejercicio de la competencia en materia sancionadora por infracciones a las normas de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial cometidas en las vías urbanas de este municipio, así como solicitar a este Organismo público la asunción de la referida competencia municipal ante la insuficiencia de los medios y recursos necesarios de este Ayuntamiento para el efectivo ejercicio de dicha potestad.
Lo que se hace público de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En Mohernando, a 13 de octubre de 2026. El Alcalde, Fdo.: Iván González Calvo





