AYUNTAMIENTO DE CIRUELOS DEL PINAR
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Por acuerdo de pleno celebrado con fecha de 20 de agosto de 2026 del Ayuntamiento de Ciruelos del Pinar por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos Nº66/2026 del Presupuesto en vigor, Modificación presupuestaria 01/2026 en la modalidad de suplemento de crédito para la aplicación del remanente de tesorería. Que, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda aprobado definitivamente el certificado de suplemento de crédito para la aplicación del remanente de tesorería. Exp.66/2026 del Ayuntamiento de Ciruelos del Pinar.
TEXTO
Por la Presidencia se da cuenta del expediente n.º 66/2026, tramitado para la modificación del Presupuesto General del Ayuntamiento de Ciruelos del Pinar correspondiente al ejercicio 2026, mediante suplemento de crédito, ante la insuficiencia del crédito existente en la aplicación presupuestaria 226.04 “Gastos jurídicos y contenciosos”.
Se expone que dicha aplicación dispone de un crédito inicial de 1.195,00 euros, mientras que los gastos máximos derivados de los contratos de dirección letrada y representación procesal del Ayuntamiento en los recursos contencioso-administrativos relacionados con el expediente PAAE/1-GU-P1910500F-24-01 ascienden conjuntamente a 4.053,50 euros.
En consecuencia, resulta necesario suplementar la citada aplicación presupuestaria en la cantidad de 2.858,50 euros.
Constan incorporados al expediente la Providencia de Alcaldía y los correspondientes informes emitidos por la Secretaría y la Intervención municipales.
Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía n.º 67/2026, de 16 de julio de 2026, se aprobó la propuesta de modificación presupuestaria y se acordó elevar el expediente al Pleno del Ayuntamiento para su aprobación inicial, por ser el órgano competente.
La modificación presupuestaria propuesta presenta el siguiente detalle:
SUPLEMENTO EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS
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Aplicación |
Descripción |
Crédito inicial |
Suplemento |
Crédito final |
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226.04 |
Gastos jurídicos y contenciosos |
1.195,00 € |
2.858,50 € |
4.053,50 € |
FINANCIACIÓN
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Aplicación |
Descripción |
Importe |
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870.00 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
2.858,50 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 3 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Ciruelos del Pinar a 10 de septiembre de 2026. Fdo. El Alcalde. Don Jesús Salgado Moreno.





