AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE DUEÑAS
1912
SUMARIO
Acuerdo del Pleno de fecha 26 de marzo de 2026 de la Entidad de Campillo de Dueñas por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de los residuos sólidos urbanos.
TEXTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 26 de marzo de 2026 de la modificación Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la recogida de los residuos sólidos urbanos. de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de los residuos sólidos urbanos, cuyo texto íntegro de la modificación se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
….” Se modifica el artículo 6.- Cuota Tributaria de las Ordenanzas Fiscales de la Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos, quedando redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 6.- CUOTA TRIBUTARIA
Art. 6.2 .- A tal efecto se aplicará la siguiente tarifa :
Epígrafe 1º: NOVENTA Y CINCO EUROS //95 euros// anuales por unidad tributaria “...
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Campillo de Dueñas a 16 de julio de 2026. EL ALCALDE-PRESIDENTE,Fdo.: Sara López Lucía.





